El Derecho Internacional es, como las jaculatorias, algo que sirve casi exclusivamente para ser invocado ante una tormenta que se desata. Una construcción que prescinde de la realidad con la pretensión de tranquilizar conciencias y mentes infantiles. No existe ni ha existido nunca más que en las construcciones escolásticas del padre Vitoria y la Escuela de Salamanca. O dicho de otra manera: sólo existe para aplicárselo al que pierde la guerra.
Se prescinde en esta ensoñación tan popular del hecho de que el derecho en sí tampoco existe separado de su acompañante sombrío e imprescindible: la fuerza para su imposición.
Sin ese factor, que forma parte de su propia esencia, todo el derecho en general no deja de ser una moral inaplicable. No pagamos los impuestos por la existencia de la ley, sino por las dañinas consecuencias que nos conllevaría ese incumplimiento. Si esas consecuencias son inaplicables pocos ciudadanos pagarían voluntariosamente nuestras cargas cada vez más opresivas, por cierto.
Esto no es nuevo. No existe ningún ejército mundial de la ONU que imponga coactivamente su armoniosa normativa, nacida de la Segunda Guerra Mundial. Ni la democracia ha sido nunca mayoritaria, ni se exige para pertenecer a esta benemérita institución. ¿Sería deseable? Por supuesto, pero sólo hay que ver qué clase de individuos y qué clases de países representan y defienden los benéficos principios que la ONU declaró constitutivos del orden mundial en el momento de su creación.
De hecho lo más parecido a este ejercito mundial sería teóricamente su Consejo de Seguridad, una de cuyas funciones primordiales sería autorizar el uso de la fuerza, que convertiría el Derecho Internacional en un instrumento, dejando de ser unos juegos florales. ¿Hay que recordar que sólo los cinco países vencedores de la última Guerra Mundial tienen derecho de veto sobre sus decisiones? Si en una comunidad de vecinos el presidente tiene derecho de veto sobran las reuniones y la Ley de Propiedad Horizontal. ¿Qué guerras ha impedido el Derecho Internacional aprobado por esa organización en todo el siglo XX? ¿No tiene entonces el Derecho Internacional público la misma esencia mítica del unicornio?.



En el siglo XVII, los cañones de Luis XIV, Rey Sol donde los haya, llevaban una inscripción dolorosamente verdadera: “ultima ratio regis” (la última razón de los reyes). Eso y no otra cosa regula las actuaciones de los chimpancés y de los hombres.













